Modernización tecnológica para pymes de Madrid 2026
Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para apoyar inversiones realizadas por pymes en transformación digital, industria 4.0, economía circular, eficiencia energética y movilidad conectada o logística. La convocatoria dispone de 1,8 millones de euros, ampliables con 1,2 millones adicionales.
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IMPULSA TU TRANSFORMACIÓN
La convocatoria mejora la competitividad de las pymes con domicilio, actividad y centro de inversión en el municipio de Madrid mediante proyectos de modernización tecnológica y sostenibilidad.
PROYECTOS FINANCIABLES
Se financian inversiones en transformación digital, industria 4.0, economía circular y gestión de residuos, eficiencia energética, movilidad conectada y logística. Las facturas individuales deben ser de al menos 500 € sin IVA.
¿QUIÉN PUEDE PEDIRLA?
Pueden solicitarla microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas domiciliadas y activas en Madrid capital, siempre que la inversión se realice en un centro ubicado en el municipio.
CARACTERÍSTICAS
La ayuda máxima es de 40.000 €. Microempresas: inversión mínima de 10.000 € y hasta el 80 %. Pequeñas empresas: mínimo de 20.000 € y hasta el 70 %. Medianas empresas: mínimo de 40.000 € y hasta el 50 %.
BASES DE LA AYUDA
IMPORTANTE
Las inversiones subvencionables deben haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Los pagos pueden efectuarse hasta dos meses después de finalizar ese periodo.
El plazo de solicitud se extiende del 1 al 15 de septiembre de 2026. El IVA no es subvencionable y deben conservarse las facturas y los justificantes de pago.
Requisitos geográficos
La ayuda está dirigida a solicitantes con residencia fiscal en España. En el caso de las empresas, deben estar legalmente constituidas y operar dentro del marco establecido por la convocatoria.
¿Qué tipo de proyectos se financian?
Se financian proyectos innovadores promovidos por empresas y profesionales privados con ánimo de lucro dentro de las industrias culturales y creativas. La iniciativa debe encajar en alguno de los sectores admitidos por la convocatoria y presentar una propuesta viable, de calidad y con un componente claro de innovación aplicada al ámbito cultural.
La Financiación: Cuánto Dinero y Para Qué Gastos
La cuantía máxima subvencionable por proyecto es de 50.000 euros. No obstante, la convocatoria exige una cofinanciación mínima por parte del solicitante: del 20 % para ayudas de hasta 25.000 euros, del 30 % para importes entre 25.001 y 40.000 euros, y del 40 % para ayudas entre 40.001 y 50.000 euros. Entre los gastos subvencionables se incluyen personal laboral vinculado al proyecto, servicios técnicos y de investigación, alquileres distintos de la sede social, maquinaria, equipamiento, propiedad industrial e intelectual y otros costes directamente relacionados con la actividad aprobada.
Quedan fuera de la ayuda determinados conceptos, como el IVA deducible, la compra de locales o vehículos, los gastos financieros, los premios y los gastos de amortización de equipos, que están expresamente excluidos. También existen límites concretos para algunos gastos, como la publicidad y comunicación, los viajes y dietas, los taxis o los gastos de representación.
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán según tres grandes criterios: innovación, con hasta 40 puntos; viabilidad, con hasta 45 puntos; y calidad, con hasta 15 puntos. Para poder optar a la ayuda será necesario alcanzar una puntuación mínima de 55 puntos.
Consejos Prácticos para tu Solicitud
Para tener más opciones de éxito, conviene presentar una memoria bien redactada, clara y coherente con los objetivos de la convocatoria. Es importante que el proyecto explique de forma convincente su valor innovador, su viabilidad económica y técnica, y el impacto que tendrá dentro del sector cultural. También resulta clave elaborar un presupuesto realista, incluir correctamente el cronograma por fases y justificar que todos los gastos propuestos están directamente vinculados al desarrollo del proyecto.
Además, no conviene apurar el plazo. La convocatoria admite solicitudes hasta el 24 de abril de 2026 a las 23:59, y solo se permite una solicitud por titular. El periodo de ejecución de los proyectos será del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027, mientras que la justificación completa deberá presentarse entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2027.
Importante: Ninguna subvención financia el IVA de los servicios subcontratados
Importante: Ninguna subvención financia el IVA de los servicios subcontratados

