Conectamos Proyectos de Transformación Digital y Financiación

El Bono Crecimiento Pyme Castilla-La Mancha 2026 facilita financiación para desarrollar capacidades estratégicas, técnicas, organizativas, digitales y normativas que incrementen la competitividad, sostenibilidad, productividad y capacidad de crecimiento de las pymes y favorezcan la evolución de sus modelos de negocio.

Bases de la convocatoria

La concesión se tramita mediante un procedimiento simplificado de concurrencia: los expedientes se tramitan y resuelven conforme se presentan y mientras exista crédito presupuestario. Las ayudas tienen carácter de minimis. El total de ayudas de minimis obtenido por una empresa durante cualquier período de tres años no deberá exceder de 300.000 euros. En esta convocatoria no se subvenciona el IVA.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las pymes que desarrollen una actividad económica efectiva en Castilla-La Mancha y realicen alguna de las actuaciones subvencionables. Existe actividad económica efectiva cuando la empresa dispone de un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en la región.

También podrán acceder, si cumplen las bases, las comunidades de bienes y otras unidades económicas o entidades sin personalidad jurídica que ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro y se ajusten a la categoría de pyme; así como las cooperativas y sociedades laborales. Las cooperativas deberán ser de trabajo asociado.

Entidades excluidas

  • Empresas públicas, empresas participadas mayoritariamente por estas y entidades de derecho público.
  • Empresas que gestionen un servicio público, cuando el proyecto de inversión esté vinculado a dicho servicio.
  • Cooperativas de segundo o ulterior grado.
  • Cooperativas agroalimentarias, sociedades agrarias de transformación y cooperativas de segundo grado agroalimentarias.
  • Sociedades laborales cuya actividad principal sea agroalimentaria.
  • Empresas prestadoras de los mismos o similares servicios, o suministradoras de los mismos o similares equipos, para los que solicitan la ayuda.
  • Entidades cuya actividad esté excluida del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2023/2831, conforme a su artículo 1.1.

Las entidades solicitantes deberán estar válidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente y cumplir los requisitos del artículo 4 de las bases reguladoras.

Importes e intensidad de la ayuda

  • Crédito máximo: 9.000.000 euros de fondos propios, distribuidos en 3.000.000 euros para 2026 y 6.000.000 euros para 2027. La cuantía máxima podrá incrementarse hasta un 50 %, en las condiciones de la convocatoria.
  • Hasta el 60 % de los gastos subvencionables para solicitudes que alcancen la puntuación mínima y hasta 40 puntos, ambos inclusive.
  • Hasta el 80 % para solicitudes que obtengan más de 40 puntos.
  • Máximo de 12.000 euros por actuación.
  • Máximo total de 60.000 euros por entidad beneficiaria y convocatoria.
  • Se podrá optar a varias modalidades, incluidas en una única solicitud.

Modalidades y actuaciones subvencionables

Planificación estratégica y financiera

Profesionalización de la gestión y preparación ante retos de crecimiento, diversificación o adaptación a cambios del mercado.

  • Diagnóstico estratégico y elaboración de un plan de negocio a medio plazo.
  • Diseño de la organización y gobernanza interna.
  • Plan económico-financiero avanzado, control de costes, planificación de tesorería, escenarios y necesidades de financiación.

Sostenibilidad

Acompañamiento para implementar medidas de transición verde y cumplir las exigencias ambientales y la normativa medioambiental.

  • Diagnósticos, estudios y propuestas para reducir el impacto ambiental de productos y procesos.
  • Reducción de emisiones y cálculo o gestión de la huella de carbono.
  • Estudios o planes para incorporar energías alternativas, especialmente hidrógeno.
  • Planes o soluciones para reducir residuos y para su tratamiento, valorización y reutilización.
  • Explotación y uso eficiente de materias primas y recursos.
  • Estudios y estrategias para productos y procesos de economía circular.
  • Planes o estudios de movilidad eléctrica y eficiente.
  • Análisis y mejora de cadenas de suministro y logística avanzadas con enfoque sostenible.
  • Ecodiseño industrial y estudios asociados.
  • Estudios y estrategias de transformación verde.
  • Informes de sostenibilidad y certificaciones ambientales.
  • Análisis y prevención de riesgos ambientales, especialmente la planificación de medidas para reducir la vulnerabilidad ante fenómenos climáticos extremos.

Internacionalización estratégica

Acompañamiento para implementar estrategias internacionales y expandirse en mercados exteriores dentro del marco normativo aplicable.

  • Análisis, selección y priorización de mercados objetivo.
  • Definición de la estrategia y del modelo de entrada en mercados exteriores.
  • Evaluación y recomendaciones sobre la presencia digital de la empresa para su internacionalización.
  • Servicios profesionales para iniciar la exportación.
  • Servicios para estructurar un departamento de exportación, implementar metodologías y preparar la prospección de potenciales clientes internacionales.

Se excluyen las actuaciones de promoción internacional, como ferias, exposiciones, showrooms, promociones en puntos de venta y viajes o desplazamientos.

Transformación digital

La modalidad aborda inversión tecnológica, comercio electrónico, servicios digitales estratégicos, conectividad profesional, transformación operativa, estrategias de crecimiento basadas en inteligencia artificial y ciberseguridad, con las siguientes actuaciones y exclusiones.

  • Evaluación de la madurez digital y elaboración de un plan de prioridades con calendario e indicadores de seguimiento.
  • Definición de indicadores (KPI) y diseño de un cuadro de mando básico para la toma de decisiones.
  • Identificación de tareas repetitivas y diseño de una solución de automatización, incluida su activación inicial cuando resulte necesaria para validar la propuesta.
  • Selección de casos de uso de inteligencia artificial relevantes y diseño de una prueba de concepto limitada en un entorno controlado.
  • Revisión de riesgos y brechas de seguridad y elaboración de un plan de mejora de la ciberseguridad.

Se excluyen las actuaciones de esta modalidad realizadas por empresas cuya actividad económica principal esté encuadrada en la sección C, Industria manufacturera, de la CNAE-2025.

Condiciones de los gastos

  • Deben responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, ser estrictamente necesarios, realizarse o adquirirse dentro del plazo de ejecución y estar totalmente pagados antes de finalizar el período de justificación.
  • Se admiten gastos anteriores a la solicitud realizados, facturados y pagados desde el 1 de enero de 2026, en los términos de las bases.
  • Las actuaciones no podrán estar materialmente concluidas al presentar la solicitud.
  • El coste de adquisición no podrá superar el valor de mercado.
  • Se podrá subcontratar hasta el 100 % de la actuación con terceros. No se autoriza la subcontratación con entidades vinculadas.
  • Si el importe de cada actuación supera las cuantías del contrato menor, deberán solicitarse al menos tres ofertas de distintos proveedores antes de contraer el compromiso, salvo las excepciones de las bases.

Gastos no subvencionables

  • El IVA. Tampoco otros impuestos o tasas susceptibles de recuperación o compensación.
  • Gastos financieros, de asesoría jurídica, notariales, registrales, de garantía bancaria, intereses, recargos, sanciones, gastos judiciales y otros relacionados con la actividad ordinaria.
  • Inversiones materiales, hardware, licencias perpetuas o software en propiedad, desarrollos o activos inmateriales capitalizables, renovaciones, mantenimiento o cuotas posteriores al período de ejecución y gastos recurrentes no vinculados al piloto, automatización, prueba de concepto o puesta en marcha.
  • Gastos generales y de estructura, servicios para actividades permanentes o periódicas y gastos normales de explotación.
  • Adquisiciones de bienes o servicios a personas o entidades vinculadas.

Plazo de solicitud

Desde el 4 de septiembre de 2026 hasta el 30 de junio de 2027. Si se agota antes el crédito total, se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha una resolución que dará por finalizado el plazo. Se entenderá agotado el presupuesto cuando se registre la última solicitud que totalice la cuantía del crédito establecido.

Ejecución, justificación y pago

  • Ejecución: máximo de seis meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. La resolución fijará el plazo concreto de cada actuación.
  • Justificación: un mes desde la finalización del plazo de ejecución establecido en la resolución.
  • Pago: un único pago tras comprobar la documentación justificativa, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad y condiciones. No habrá pagos parciales ni anticipados.
  • No se podrá realizar el pago si la entidad no está al corriente de sus obligaciones tributarias con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o es deudora por resolución de procedencia de reintegro.

Tramitación de la solicitud

Cada entidad podrá presentar una única solicitud con todas o algunas de las modalidades y actuaciones. Si presenta varias, solo se admitirá la primera por orden de entrada; las restantes se considerarán desistidas.

La presentación será exclusivamente telemática, con firma electrónica, mediante el formulario I de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La entidad o su representante deberá estar de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta.

Documentación preceptiva

  • NIF de la entidad solicitante.
  • Acreditación de la representación de la persona firmante, cuando proceda.
  • Escritura de constitución y modificaciones posteriores u otro documento acreditativo de la personalidad jurídica. Para entidades sin personalidad jurídica, documento privado de constitución y acuerdos societarios inscritos, en su caso.
  • Para comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica: escrito firmado por todos sus miembros que nombre un representante o apoderado único y detalle compromisos de ejecución e importe de subvención aplicable a cada miembro.
  • Informe de plantilla media anual del último ejercicio contable cerrado o informe negativo de inscripción como empresario, si la entidad se opone a la consulta por la Administración.
  • Certificado o informe de vida laboral de las personas trabajadoras autónomas, cuando las hubiera y la entidad se oponga a su consulta.
  • Impuesto sobre Sociedades del último ejercicio cerrado.
  • Cuentas anuales del último ejercicio contable cerrado, firmadas y depositadas en el Registro Mercantil; cuentas consolidadas para entidades asociadas o vinculadas.
  • Formulario II: declaración responsable sobre la categoría de empresa.
  • Formulario III: memoria técnica, económica y financiera del proyecto, firmada electrónicamente.
  • Informe de vida laboral a fecha de solicitud, con las cuentas de cotización y el nivel de empleo en Castilla-La Mancha, si la entidad se opone a su consulta.
  • Facturas proforma o presupuestos de todos los gastos solicitados; si el gasto es anterior a la solicitud, deberá aportarse la factura.
  • Tres ofertas de distintos proveedores, cuando proceda.

Evaluación y resolución

Las solicitudes se valorarán hasta un máximo de 60 puntos:

  • Objetivos perseguidos: hasta 20 puntos.
  • Adecuación de las actuaciones a los objetivos: hasta 20 puntos.
  • Cronograma: hasta 15 puntos.
  • Localización en zonas prioritarias: 5 puntos.

Por impacto demográfico se contempla una puntuación adicional del 20 %, 30 % o 40 %, según la zona y el tramo establecidos en las bases. Los proyectos deberán alcanzar un mínimo de 20 puntos.

El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro. Sin resolución expresa en ese plazo, podrá entenderse desestimada por silencio administrativo. Si faltan documentos o existen defectos formales, se requerirá su subsanación en un plazo máximo de diez días.

Justificación de la subvención

Se presentará telemáticamente y con firma electrónica mediante el formulario IV, acompañado del formulario V (memoria de actuación justificativa) y del formulario VI (relación clasificada de gastos).

La cuenta justificativa incluirá la memoria de actuación y sus pruebas o entregables, la relación de gastos, las facturas y justificantes de pago, el detalle de otros ingresos o subvenciones y, cuando proceda, las tres ofertas de proveedores.

Servicios ofrecidos por Mediacom 360

  • Antes de solicitar: apoyo en la redacción del proyecto y la memoria, y recopilación y revisión de la documentación.
  • Durante la solicitud: preparación y presentación de la solicitud, o asistencia para su presentación por la entidad, según la representación y los medios de firma disponibles.
  • Después de solicitar: seguimiento de las notificaciones que generalmente recibe el solicitante y ayuda para contestarlas, especialmente las subsanaciones.
  • Al inicio y durante los trabajos: reunión con el solicitante, una vez aprobada la subvención, para definir el calendario y alcance de los trabajos según memoria, proyecto y presupuesto; establecimiento de puntos de control.
  • Durante la justificación: recopilación y revisión de la documentación y elaboración de la memoria justificativa.

Propuesta económica de Mediacom 360

Según la propuesta económica incluida en el boletín:

  • Cobro inicial por apoyo en la solicitud: 300 €.
  • Remuneración al cobro de la subvención: 10 % sobre el importe concedido, indicado en la propuesta como coste incluido en la subvención.
  • Fecha de pago: antes de que transcurran 72 horas desde la recepción del importe de la entidad concedente.
  • Impuestos no incluidos.

Consultar el boletín completo del Bono Crecimiento Pyme Castilla-La Mancha 2026

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